Respecto a los licores puros, se refiere a aquellos que no son susceptibles en la fermentación de ser enriquecidos con otros azúcares distintos a los obtenidos del agave azul cultivado en el territorio comprendido en la declaración de origen.
Cabe señalar que para que el producto sea considerado como tequila 100 por ciento de agave debe ser embotellado en la planta de envasado, misma que debe estar ubicada dentro del territorio comprendido en la declaración.
Los tequilas puros deben ser denominados a través de las leyendas: “100% de agave”, “100% puro de agave”, “100% agave”, “100% puro agave”.
En tanto que los tequilas impuros, o simplemente conocidos como tequila, son aquellos que son susceptibles a ser enriquecidos y mezclados previo a la fermentación con otros azúcares hasta en una proporción no mayor al 49 por ciento.
Mientras que el 51 por ciento deben ser azúcares provenientes del agave. Este tipo de licores además de ser embotellados en plantas de envasado, también pueden embotellarse fuera de éstas, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en la NOM.
Es importante mencionar que de esta categoría se desprenden las distintas clases de tequila como: blanco, joven u oro, reposado, añejo y extra añejo.
Por la mezcla de azúcares los tequilas impuros tienden a ser más dulces e ideales para la coctelería, mientras que un tequila puro, que no combina azúcares diferentes a los del jugo extraído del agave, podrá disfrutarse más con un caballito y una rodaja de limón. Con información de Mundo Cuervo y CRT
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