En Jalisco se aprobaron varias reformas que permitirán agilizar la ayuda a mujeres violentadas, las autoridades prometen actuar en menos de 4 horas.

Jalisco avanza en materia de protección a la mujer

El caso de Luz Raquel Padilla motivó al gobierno de Jalisco a realizar los cambios necesarios en la forma en que las autoridades enfrentan la violencia de género, ya que muchos de estos incidentes podrían haberse evitado si se cumplieran los estándares y se aplicaran las normas y sanciones correspondientes.

En ese sentido, el pleno del Congreso del Estado aprobó el pasado 18 de agosto, varias reformas para liberar las órdenes de protección a mujeres violentadas en menor tiempo posible. Por ello se estableció que deberán ser expedidas inmediatamente, o a más tardar dentro de las cuatro horas siguientes de que se tenga conocimiento del acto de violencia.

Asimismo, se permitirá su liberación a partir de la denuncia anónima para no revictimizar a las mujeres, pues en casos anteriores, la exposición de datos personales, provocaba nuevos ataques.

Con los cambios realizados recientemente, las mujeres podrán contar con un protocolo de vigilancia inmediato, por parte de las autoridades estatales y municipales. Cabe señalar, que las órdenes de protección, deberán durar al menos 72 horas, como rango mínimo, no obstante se podrán generar prórrogas al caducar estás, conforme se determine que existe un riesgo latente.

“Creo que es un gran avance, hemos visto que desafortunadamente el dilatar los protestos cuesta vidas de mujeres, entonces el que ya de manera obligatoria las autoridades competentes tengan no más de cuatro horas para expedir estas órdenes estará protegiendo de mejor manera la vida de mujeres y niñas”, señaló Dolores López Jara, diputada local quien impulsó el proyecto.

El Congreso del Estado también aprobó reformas que acreditan un aumento de pena por violencia psicológica en el entorno familiar y agravantes contra atacantes en caso de generar un daño físico permanente. en dicho documento se señala que donde se señala que se impondrá una pena de seis meses a cinco años de prisión a quien ejerciendo la patria potestad, tutela, custodia o cuidado y vigilancia, agreda a una persona menor de edad utilizando violencia psicológica o la fuerza física, ya sea con o sin objeto contundente o arma.

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